En similar sentido se expresó el Auto Supremo 396/2014-RRC de 18 de agosto de 2014,
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En similar sentido se expresó el Auto Supremo 396/2014-RRC de 18 de agosto de 2014, que señaló: “Las resoluciones, para su validez y eficacia, requieren cumplir determinadas formalidades, dentro las cuales se encuentra el deber de fundamentar y motivar adecuadamente las mismas; debiendo entenderse por fundamentación la obligación de emitir pronunciamiento con base en la ley y por motivación, el deber jurídico de explicar y justificar las razones de la decisión asumida, vinculando la norma legal al caso concreto; al respecto, el Auto Supremo 111/2012 de 11 de mayo, señaló que: ‘Este deber se halla sustentado en el principio lógico de la razón suficiente; al respecto, Juan Cornejo Calva, en su publicación ‘Motivación como argumentación jurídica especial’, señala: ‘El derecho contemporáneo ha adoptado el principio de la Razón Suficiente como fundamento racional del deber de motivar la resolución judicial. Dicho principio vale tanto como principio ontológico cuanto como principio lógico. La aplicación o, mejor, la fiel observancia, de dicho principio en el acto intelectivolitivo de argumentar la decisión judicial no solamente es una necesidad de rigor (de exactitud y precisión en la concatenación de inferencias), sino también una garantía procesal por cuanto permite a los justificables y a sus defensores conocer el contenido explicativo y la justificación consistente en las razones determinantes de la decisión del magistrado. Decisión que no sólo resuelve un caso concreto, sino que, además, tiene impacto en la comunidad: la que puede considerarla como referente para la resolución de casos futuros y análogos. Por lo tanto, la observancia de la razón suficiente en la fundamentación de las decisiones judiciales contribuye, también, vigorosamente a la explicación (del principio jurídico) del debido proceso que, a su vez, para garantizar la seguridad jurídica
- Por memorial presentado el 6 de septiembre de 2017, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- Por Sentencia 4/2017 de 17 de enero (fs
- Contra la mencionada Sentencia, el imputado Demetrio Francisco Ustarez Torrez (fs
- I.1.1. Motivo del recurso de casación
- En conocimiento del recurso que motiva autos la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia
- Defecto de la sentencia establecido en el art
- Al efecto pretendido se invocaron como precedentes contradictorios los Autos Supremos 21 de 26 de
- I.1.2. Petitorio
- El Recurrente solicitó que previa admisión de su recurso y análisis de las violaciones de
- II.1. De la Sentencia
- Por Sentencia 4/2017 de 17 de enero, el Tribunal Segundo de Sentencia de Yacuiba del
- “el 16 de julio del 2012 procedente de la República Argentina y amparado en el
- “la ilegalidad se presenta cuando…ALBO SA, procede al manipuleo de la mercancía que se iba
- …concurren los elementos del tipo de contrabando previsto en el art
- “…el acusado es padre de familia, era empleado de la empresa de Transporte Bolivia SA,
- II.2. Del recurso de apelación restringida
- Abierto el periodo de impugnaciones, el imputado opuso recurso de apelación restringida, planteando: (1) inobservancia
- Brindando un esquema básico de los bienes jurídicos afectados por el delito de Contrabando, manifestando
- El imputado tenía poder expreso para ejercer esa representación, solicitando así conforme la sentencia transbordo
- En cuanto fue la inexistencia de dolo, apoyado en la transcripción literal del fragmento pertinente,
- En torno al reclamo de que la Sentencia fuera fundada en elementos incorporados al juicio
- Sobre el defecto de la sentencia por basarse en hechos inexistentes o no acreditados, bajo
- Conforme se ha relacionado en la presente resolución, el planteamiento central apunta a la ausencia
- III.1.Obligación de los Tribunales de emitir resoluciones fundadas en derecho y motivadas adecuadamente
- “En etapa de impugnación, la obligación de fundamentar y motivar los fallos, se encuentran vinculados,
- Es importante que en el análisis de las circunstancias alegadas, para una mejor comprensión, el
- Ahora bien, toda Resolución, en aplicación del principio dispositivo y la normativa legal citada en
- A propósito de lo anterior, es innegable que un gran número de recursos, en su
- En suma, como se manifestó una infinidad de veces, se requiere que la autoridad revisora,
- En similar sentido se expresó el Auto Supremo 396/2014-RRC de 18 de agosto de 2014,
- Por otra parte, la fundamentación y motivación de Resoluciones implica el deber jurídico de explicar
- En etapa de alzada, la normativa procesal penal, establece que el recurso de apelación restringida
- III.2. Doctrina Legal contenida en los precedentes invocados
- Auto Supremo 21 de 26 de enero de 2007: Ante la denuncia de disparidad de
- El principio de legalidad se constituye en una garantía constitucional del individuo, que limita la
- El principio de tipicidad desarrolla el principio fundamental "nullum crimen, nulla poena sine lege", se
- “Siendo el recurso de apelación restringida el único medio legal para impugnar errores de procedimiento
- “De situaciones como la anotada, que implican contradicción, en atención al respeto que merece el
- “…todo Auto de Vista debe ser debidamente fundamentado y motivado, cumpliendo con los parámetros de
- En ese entendido, no existe fundamentación en el Auto de Vista cuando en el mismo
- III.3. Análisis del caso en concreto
- Como se expresó antes en este fallo, en casación implícitamente se plantea un nuevo examen
- Finalmente, la respuesta de apelación al reclamo de que la sentencia se basase en hechos
- Dicho ello, corresponde enfatizar que la denuncia de falta de fundamentación planteada en casación por
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
