Auto Supremo AS/0361/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0361/2018-RRC

Fecha: 05-Jun-2018

“la ilegalidad se presenta cuando…ALBO SA, procede al manipuleo de la mercancía que se iba


De la misma manera el Tribunal Segundo de Sentencia, consideró que los hechos probados en juicio oral se enmarcaron a la conducta reprimida por el art. 181 inc. b) parágrafo I del CT, alegando:

“la ilegalidad se presenta cuando…ALBO SA, procede al manipuleo de la mercancía que se iba a trasbordar, advirtiendo una diferencia en cuanto a la cantidad de bultos declarada en el MIC/DTA 12488 SIDUNEA 308862, que decía 10 bultos y la descargada para ser trasbordada a otro camión eran 16 bultos…lo que llama la atención inicialmente y dan parte a la aduana nacional regional Yacuiba…en este caso se trataría de una cantidad superior a la declarada en el MIC 12488 SIDUNEA 308862, figura que está prevista en el art. 66.-I inc. a) de la ley general de aduanas…a los ocho días de la solicitud de transbordo, la Aduana Nacional Administración de frontera Yacuiba inicia el reconocimiento físico de la totalidad de la mercancía…evidenciando que la mercancía eran bobinas de cable…con un valor FOB total de $us. 253446,60 las que no estaban señaladas en el MIC/DTA con registro 12388/308862…cuyos tributos omitidos suman Bs. 586.078,00…mientras que el MIC ya citado hacía referencia a un valor FOT tan solo de 29.231,87