Auto Supremo AS/0383/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0383/2018-RA

Fecha: 11-Jun-2018

Respecto al primer motivo, donde el recurrente reclama, que el Auto de Vista recurrido incurrió


Respecto al primer motivo, donde el recurrente reclama, que el Auto de Vista recurrido incurrió en vicios de nulidad y atentado contra el principio de legalidad y debido proceso; por cuanto: i) Consignó como miembros integrantes de la Sala Penal Tercera a los Vocales Zenón Rodríguez Zeballos y Sigfrido Soleto Gualoa; sin embargo, aparecen firmando los Vocales Hugo Juan Iquise Saca y Sigfrido Soleto Gualo, sin explicación alguna del por qué se excluyó al Vocal Zenón Rodríguez Zeballos, y se incluyó al Vocal de la Sala Penal Primera Dr. Juan Iquise Saca; aspecto que atenta el principio de legalidad y el debido proceso, en su vertiente de la debida fundamentación por el Juez natural; ii) Dolosamente omitió revisar si los recursos de apelación, fueron interpuestos dentro de las exigencias previstas por los arts. 408 y 407 del CPP, no observando que el Ministerio Público y la parte civil interpusieron sus recursos cuando el plazo estaba suspendido, ya que, saliendo la notificación a las partes con el Auto Complementario a la Sentencia el 26 de abril de 2017, recién empezó a correr el plazo para interponer apelación; sin embargo, el Ministerio Público, ni la parte civil presentaron recurso alguno, ni se ratificaron en sus recursos, por lo que resultaban inadmisibles, lo que hizo notar en su escrito de contestación y oralmente a tiempo de fundamentación; empero, el Auto de Vista recurrido no se pronunció, lo que hace que sea ilegal, inconstitucional, arbitrario e incongruente; y, iii) Solo se refiere y anula la Sentencia dejando incólume el Auto Complementario