2) Indica que el mandato otorgado por los apoderados no cumple lo estipulado en el
DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
De la revisión del recurso de casación de fs. 201 a 205 vta., interpuesto por Adela Larico Mamani Vda. de Gutiérrez, se desprende que la recurrente expone como reclamos entre otros, los siguientes:
1) En el transcurso del proceso se generó indefensión, al habérsele citada y notificada de forma irregular, aspecto que no fue tomado en cuenta por el Tribunal de Alzada.
2) Indica que el mandato otorgado por los apoderados no cumple lo estipulado en el art. 811 del Código Civil
De la revisión del recurso de casación de fs. 201 a 205 vta., interpuesto por Adela Larico Mamani Vda. de Gutiérrez, se desprende que la recurrente expone como reclamos entre otros, los siguientes:
1) En el transcurso del proceso se generó indefensión, al habérsele citada y notificada de forma irregular, aspecto que no fue tomado en cuenta por el Tribunal de Alzada.
2) Indica que el mandato otorgado por los apoderados no cumple lo estipulado en el art. 811 del Código Civil
- Partes: Jacinto Bolívar Herrera representante legal de Miguel Ángel Bolívar Estévez y Rita Carmiña Ferrer
- Proceso: Reivindicación y otro
- Distrito: La Paz
- CONSIDERANDO I
- CONSIDERANDO II
- 2) Indica que el mandato otorgado por los apoderados no cumple lo estipulado en el
- 3) Arguye que la resolución de Segunda instancia contiene defectos de forma, como la falta
- CONSIDERANDO III
- El per saltum (pasar por alto), es una locución latina que significa pasar por alto
- Corresponde señalar que el art
- casación es asimilable a una demanda de puro derecho, lo que quiere decir que en
- Es deber del recurrente citar en términos claros, concretos y precisos, la ley o leyes
- CONSIDERANDO IV
- En relación a la denunciada existencia de defectos de forma en la resolución de
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
