CONSIDERANDO I
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 437/2018-RA
Sucre: 01 de junio de 2018
Expediente: LP-52-18-S
Partes: Faustino Callisaya Zarate c/ Universidad de Aquino Bolivia
Proceso: Cumplimiento de obligación y otros
Distrito: La Paz
VISTOS: El recurso de casación de fs. 214 a 216 vta., interpuesto por la Corporación de Aquino Bolivia S.A., a través de su representante legal Ángel Huanca Linares contra el Auto de Vista Nº 38/2018 de 8 de febrero, cursante de fs. 209 a 210 vta., pronunciado por la Sala Civil Quinta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, en el proceso de cumplimiento de obligación y otros, seguido por Faustino Callisaya Zarate contra la entidad recurrente, la concesión de fs. 221 y todo lo inherente;
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. Faustino Calisaya Zarate interpuso la demanda de cumplimiento de obligación y otros que cursa de fs. 8 vta., y aclaraciones de fs. 11 a 12, que una vez tramitada concluyó con la Sentencia Nº 343/2015 de 27 de abril, (fs. 109 a 112 vta.,) con la que el Juez de Instrucción Cuarto de la capital, declaró PROBADA la demanda de cumplimiento de obligación y otros, e IMPROBADA la acción reconvencional sobre compensación deducida por la entidad demandada, con las determinaciones establecidas en dicha resolución
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 437/2018-RA
Sucre: 01 de junio de 2018
Expediente: LP-52-18-S
Partes: Faustino Callisaya Zarate c/ Universidad de Aquino Bolivia
Proceso: Cumplimiento de obligación y otros
Distrito: La Paz
VISTOS: El recurso de casación de fs. 214 a 216 vta., interpuesto por la Corporación de Aquino Bolivia S.A., a través de su representante legal Ángel Huanca Linares contra el Auto de Vista Nº 38/2018 de 8 de febrero, cursante de fs. 209 a 210 vta., pronunciado por la Sala Civil Quinta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, en el proceso de cumplimiento de obligación y otros, seguido por Faustino Callisaya Zarate contra la entidad recurrente, la concesión de fs. 221 y todo lo inherente;
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. Faustino Calisaya Zarate interpuso la demanda de cumplimiento de obligación y otros que cursa de fs. 8 vta., y aclaraciones de fs. 11 a 12, que una vez tramitada concluyó con la Sentencia Nº 343/2015 de 27 de abril, (fs. 109 a 112 vta.,) con la que el Juez de Instrucción Cuarto de la capital, declaró PROBADA la demanda de cumplimiento de obligación y otros, e IMPROBADA la acción reconvencional sobre compensación deducida por la entidad demandada, con las determinaciones establecidas en dicha resolución
- CONSIDERANDO I
- 2
- CONSIDERANDO II
- En autos se trata de un Auto de Vista pronunciado en relación al recurso de
- II.2 Del plazo y cómputo de la presentación del recurso de casación
- De la revisión de antecedentes, se tiene que la Corporación de Aquino Bolivia S
- II.3. De la legitimación procesal
- En el caso de autos la entidad recurrente tiene legitimación procesal, en razón de haber
- 1) El Auto de Vista no se pronunció sobre los agravios expuestos en el recurso
- 2) El Auto de Vista vulneró los arts
- 3) El Auto de Vista incurrió en error de derecho en la valoración de la
- De estos fundamentos se verifica que el recurso de casación cumple con las exigencias establecidas
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
