Auto Supremo AS/0440/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0440/2018-RA

Fecha: 01-Jun-2018

2) Señaló que al disponer que el inmueble situado en el Cementerio Jardín Parque de

II.4. Análisis del contenido del recurso de casación.
De la revisión del recurso de casación de fs. 260 a 262, interpuesto por María del Rosario Vallejo Castellón, se desprende que la recurrente expone como reclamos entre otros lo siguiente:
1) Acusó que el Auto de Vista al igual que la sentencia realizó una errónea valoración de la prueba pericial, ya que dicha prueba cursante de fs. 142, realizado por la Arq. Roxana Villarroel Romero, determinó la división del inmueble ubicado en la Av. Cornelio Saavedra, en dos lotes A y B, sin tomar en cuenta que en dicho inmueble se encuentra una construcción de dos plantas debidamente aprobada por la Honorable Alcaldía Municipal, cada una con un departamento individual, contando al mismo tiempo con entradas individuales, entendiendo que no se tomó en cuenta la Ordenanza Municipal Nº 4100/10, capitulo II, art. 13 de la misma, siendo lo correcto la división de propiedad horizontal para evitar la demolición de la construcción anteriormente mencionada, que en caso de dividirse dicho inmueble de la forma establecida en dicho informe pericial se vulneraria además de la Ordenanza Municipal anteriormente mencionada, también el art. 56 de la CPE.
2) Señaló que al disponer que el inmueble situado en el Cementerio Jardín Parque de las Memorias adquirida por su persona mediante contrato Nº 5401589, sea entregado en 50% al demandado, sobre este punto manifiesta que no existe ningún sitio ubicado en el cementerio parque de las memorias registrado a su nombre, haciéndose imposible que se exija la división de un inmueble del cual no se encuentra registrado a su nombre, vulnerándose el art. 1 de la Ley de Registro de Derechos Reales de 15 de noviembre de 1987, y art. 1538 del CC