Auto Supremo AS/0440/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0440/2018-RA

Fecha: 01-Jun-2018

Regístrese, notifíquese y cúmplase.

3) Indicó que al disponer que su persona cancele en un 50% de la deuda contraída por el demandando con el Sr. Emilio Franco Ferrufino, donde ella no interviene ni firma dicho documento de préstamo, se incurre en vulneración del art. 879 del CC.
De estos fundamentos se verifica que el recurso de casación cumple con las exigencias establecidas por el art. 396 del Código de las Familias y del proceso Familiar, hechos que hacen admisible la consideración de dicho medio de impugnación, correspondiendo en consecuencia su análisis y resolución conforme a derecho.
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42 num. 1) de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010, y en aplicación del art. 400.II del código de las Familias y del Proceso Familiar, dispone la ADMISION del recurso de casación de fs. 260 a 262, interpuesto por María del Rosario Vallejo Castellón contra el Auto de Vista REG/S.MCFNA/SENT.08/19.03.2018 de fecha 19 de marzo, cursante de fs. 254 a 257 vta., pronunciado por la Sala Mixta Civil, Familiar y Niñez y Adolescencia del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba.
En atención a la carga procesal pendiente en esta sala, la causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación.
Regístrese, notifíquese y cúmplase.