De la revisión de antecedentes, se tiene que María del Rosario Vallejo Castellón, cumplió con
De la revisión de antecedentes, se tiene que María del Rosario Vallejo Castellón, cumplió con el requisito del plazo para la interposición del recurso de casación; habida cuenta que fue notificada con la resolución impugnada el 20 de abril de 2018, y presentó su recurso de casación de fs. 260 a 262, el 27 de abril de 2018; es decir, en vigencia del plazo señalado por el art. 432 del Código de las Familias y del Proceso Familiar
- CONSIDERANDO I
- 2
- II.1. De las resolución impugnada
- En autos, se trata de un Auto de Vista pronunciado en relación al recurso de
- II.2 Del plazo y cómputo de la presentación del recurso de casación
- De la revisión de antecedentes, se tiene que María del Rosario Vallejo Castellón, cumplió con
- II.3. De la legitimación procesal
- En el caso de autos la recurrente tiene legitimación procesal, en razón de haber sido
- 2) Señaló que al disponer que el inmueble situado en el Cementerio Jardín Parque de
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
