Auto Supremo AS/0464/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0464/2018-RA

Fecha: 29-Jun-2018

La recurrente, como único motivo de casación refiere que al haber denunciado como defecto de


La recurrente, como único motivo de casación refiere que al haber denunciado como defecto de Sentencia el art. 370 inc. 11) de CPP, el Auto de Vista no cumple con los arts. 124, 407, 408, 413 y siguientes del CPP, siendo que en el recurso de apelación denunció también errores in judicando que no fueron considerados ni valorados en el Auto de Vista, contradiciendo la doctrina legal establecida en los Autos Supremos 139/2015-RRC de 27 de febrero y 167/2013-RRC de 13 de junio, ya que ambas resoluciones establecen que existe defecto absoluto cuando se vulnera el art. 370 inc. 11) del CPP, por lo que ninguna autoridad puede inobservar las reglas establecidas de la congruencia entre la Sentencia y la acusación, por haberse en el presente caso sentenciado por otro delito como el de Ejercicio Indebido de la Profesión (no perteneciendo a la misma familia de delitos), vulnerando el derecho a la defensa y el debido proceso