Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista), conforme se tiene de la papeleta de notificación
2.Del plazo de presentación del recurso de casación
Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista), conforme se tiene de la papeleta de notificación de fs. 290, se observa que la parte demandada, ahora recurrente, fue notificada con dicha resolución en fecha 07 de mayo de 2018, y como el recurso de casación fue presentado en fecha 16 de mayo de 2018, tal cual se observa del timbre electrónico cursante a fs.292, haciendo un cómputo se infiere que el recurso de casación objeto de la presente resolución, fue interpuesto dentro del plazo previsto en el art. 273 del Código Procesal Civil, es decir dentro de los 10 días hábiles
Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista), conforme se tiene de la papeleta de notificación de fs. 290, se observa que la parte demandada, ahora recurrente, fue notificada con dicha resolución en fecha 07 de mayo de 2018, y como el recurso de casación fue presentado en fecha 16 de mayo de 2018, tal cual se observa del timbre electrónico cursante a fs.292, haciendo un cómputo se infiere que el recurso de casación objeto de la presente resolución, fue interpuesto dentro del plazo previsto en el art. 273 del Código Procesal Civil, es decir dentro de los 10 días hábiles
- Distrito: Cochabamba
- CONSIDERANDO I
- 3
- CONSIDERANDO II
- Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista), conforme se tiene de la papeleta de notificación
- a) Que el Tribunal de alzada violo lo previsto por el art
- c) Que el Tribunal de apelación no ha fundado en derecho las razones del por
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- En atención a la carga procesal pendiente en esta Sala, la causa aguarde turno para
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
