Interpuesto el recurso de casación en el fondo, el recurrente establece que el Auto de
Interpuesto el recurso de casación en el fondo, el recurrente establece que el Auto de Vista impugnado, contiene violación y errónea aplicación de la Resolución Ministerial Nº 446/09 de fecha 08 de julio de 2009, como así también del D.S. Nº 0521 de fecha 26 de mayo de 2010 y contiene ilegal aplicación del Principio de Verdad Material, bajo el siguiente argumento:
1.- Que tanto el Tribunal Ad Quem como el Juez de primera instancia, incurrieron en errónea interpretación y violación de normas laborales, toda vez que no consideraron el art. 3º de la Resolución Ministerial Nº 446/09 de fecha 08 de julio de 2009, pues en aplicación de dicha normativa, se debería haber condenado al pago de los beneficios sociales únicamente a la Empresa PRAXAIR BOLIVIA S.R.L., como se dio de igual manera con la aplicación sesgada del numeral II del art. 5º del D.S. Nº 0521 de fecha 26 de mayo de 2010, pues de acuerdo con la prueba presentada, se demostró que el demandante era trabajador de PRAXAIR BOLIVIA S.R.L., desarrollando tareas propias y relacionadas con su giro laboral, siendo esta empresa quién imponía tareas, sanciones, multas y remuneraciones al demandante
1.- Que tanto el Tribunal Ad Quem como el Juez de primera instancia, incurrieron en errónea interpretación y violación de normas laborales, toda vez que no consideraron el art. 3º de la Resolución Ministerial Nº 446/09 de fecha 08 de julio de 2009, pues en aplicación de dicha normativa, se debería haber condenado al pago de los beneficios sociales únicamente a la Empresa PRAXAIR BOLIVIA S.R.L., como se dio de igual manera con la aplicación sesgada del numeral II del art. 5º del D.S. Nº 0521 de fecha 26 de mayo de 2010, pues de acuerdo con la prueba presentada, se demostró que el demandante era trabajador de PRAXAIR BOLIVIA S.R.L., desarrollando tareas propias y relacionadas con su giro laboral, siendo esta empresa quién imponía tareas, sanciones, multas y remuneraciones al demandante
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- Que, tramitado el proceso laboral para el pago de beneficios sociales, la Juez de Partido
- En grado de apelación deducida por el demandado Rodolfo César Mercado Velarde de fs
- Ante la determinación del Auto de Vista, el demandado Rodolfo César Mercado Velarde interpone recurso
- II: ARGUMENTOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Interpuesto el recurso de casación en el fondo, el recurrente establece que el Auto de
- 2
- El demandante, a fs
- III: FUNDAMENTOS JURÍDICOS Y DOCTRINALES DEL FALLO
- Del debido proceso
- En esa línea la SCP N° 0043/2014 de 3 de enero, en relación a la
- A ello, la SCP No 0043/2014 en referencia, concluye que bajo el nuevo entendimiento asumido
- De las nulidades procesales
- En referencia a las nulidades debe considerarse para su declaratoria la trascendencia que reviste el
- IV: ANALISIS DEL CASO EN CONCRETO
- El Tribunal ad quem, se constituye en la instancia de segundo grado que tiene como
- En la presente instancia, lo central del argumento casacional, radica en el hecho de que
- Consiguientemente, corresponde fallar de acuerdo a las disposiciones contenidas en el art
- No siendo excusable el error, se impone una multa de 1 día de haber a
- Por Secretaría de Sala, cúmplase con lo previsto en el art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
