Auto Supremo AS/0308/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0308/2018

Fecha: 06-Jul-2018

En este supuesto, cuando se acusa la falta o errónea apreciación de las pruebas, no

En el análisis del caso, corresponde establecer si efectivamente existió una errónea interpretación e indebida aplicación de los arts. 12 y 13 de la Ley General del Trabajo y una incorrecta apreciación de la prueba; en merito a ello, se tiene lo siguiente:
En el caso en concreto, se acusa una supuesta incorrecta apreciación de la prueba, que genera una indebida aplicación del art. 12 y 13 de la Ley General de Trabajo, por cuanto el recurrente considera que se demostró conforme a los propios hechos narrados por el actor, que él mismo “supuestamente” abandono sus funciones ante el despido del Sr. Mario Sanjinés, quien no podía haberlo despedido, por no contar con dicha facultad, la cual estaba reservada de manera exclusiva para el recurrente, como propietario de la empresa.
En este supuesto, cuando se acusa la falta o errónea apreciación de las pruebas, no basta con relacionarlas, sino es necesario explicar, de manera precisa, frente a cada una de ellas, qué es lo que en verdad acreditan o viceversa; de qué manera incidió la falta o equivocada valoración en la decisión, lo que permite a la Sala establecer la magnitud de la omisión, que debe ser ostensible y trascendente, so pena de no lograr el objetivo de destruir la presunción de acierto y legalidad que ampara a la resolución que es objeto del recurso de casación