Auto Supremo AS/0308/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0308/2018

Fecha: 06-Jul-2018

Interpuesto el recurso de casación en el fondo, el recurrente establece que el Auto de

Interpuesto el recurso de casación en el fondo, el recurrente establece que el Auto de Vista impugnado, contiene errónea interpretación e indebida aplicación de los arts. 12 y 13 de la Ley General del Trabajo y una incorrecta apreciación de la prueba, bajo los siguientes argumentos:
El recurrente alega que, conforme se puede evidenciar y colegir de la demanda interpuesta a fs. 11 vta. de obrados judiciales, existe un reconocimiento y/o confesión efectuada por el demandante, el mismo que refiere con meridiana claridad que el trabajador de la empresa SERMA, el Sr. Mario Sanjinés fue el que supuestamente lo despidió de su fuente laboral como conductor y no así su persona en la condición de propietario de la Empresa Servicios Maldonado “SERMA”; al respecto el citado Sr. Sanjinés no pudo haberlo despedido al demandante, en virtud a que el mismo no tenía la facultades contractuales o legales para hacerlo, máxime si era un trabajador más como el Sr. Víctor Hugo Olarte, tal situación da cuenta que el demandado abandono su fuente laboral, debido a que no sufrió ningún despido, extremo que no fue valorado por el Tribunal de Apelación, verificándose una incorrecta apreciación de la prueba que genero un error en la aplicación del derecho art. 12 y 13 de la Ley General de Trabajo, por lo cual considera que no le corresponde el pago del desahucio