Por su parte, el art
Por su parte, el art. 122 de la Constitución Política del Estado (CPE) dispone: “Son nulos los actos de las personas que usurpen funciones que no les competen,…”; en este sentido, el art. 12 de la Ley Nº 025 de 24 de junio de 2010 Ley del Órgano Judicial (LOJ), señala que la competencia “Es la facultad que tiene una magistrada o magistrado, una o un vocal, una jueza o un juez, o autoridad indígena originaria campesina para ejercer la jurisdicción en un determinado asunto”. A su turno, el art. 73 del mismo cuerpo legal, con referencia a la competencia de juzgados públicos en materia de trabajo y seguridad social, siendo pertinente al caso que nos ocupa el numeral 4 dispone: “Conocer y decidir acciones individuales o colectivas, por derechos y beneficios sociales, indemnizaciones y compensaciones y, en general, conflictos que se susciten como emergencias de la aplicación de las leyes sociales, de los convenios y laudos arbitrales”; concordante con el art. 43.b) del Código Procesal del Trabajo (CPT)
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- Auto de Vista
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- Finalmente señala que la excepción de imprecisión y contradicción en la demanda, planteada juntamente con
- En atención a los argumentos expuestos, pide que el Tribunal Supremo de Justicia, case el
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- Por su parte, el art
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- Por otra parte, el art
- Siendo uno de los pilares que compone el núcleo del Derecho Laboral sustantivo, el principio
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- La excepción de incompetencia planteada por la parte demandada, versa sobre el Contrato de Prestación
- Para resolver el recurso debemos necesariamente referirnos a los arts
- En atención a lo normado y glosado líneas arriba y confrontado con el memorial de
- Considerando que los argumentos de la excepción previa de incompetencia deben ser resueltos en Sentencia,
- Bajo estos parámetros, se concluye que al no ser evidentes las infracciones denunciadas en el
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
