Regístrese, notifíquese y devuélvase.
POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contencioso Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida en el art. 184.1 de la Constitución Política del Estado y el art. 42.I.1 de la Ley del Órgano Judicial, declara INFUNDADO el recurso de casación, interpuesto por el Edificio Sofía representado por Nancy Cristina Guzmán de Candano, contra el Auto de Vista Nº 56/2016 de 23 de septiembre, pronunciado por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, manteniendo firme el Auto de Vista impugnado.
Regístrese, notifíquese y devuélvase.
Regístrese, notifíquese y devuélvase.
- Dentro de la demanda laboral incoada por René Blanco Céspedes contra el Edificio Sofía, el
- Auto de Vista
- En apelación interpuesta por el demandante, la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del
- Contra el Auto de Vista, Nancy Cristina Guzmán de Candano, representante legal del Edificio Sofía,
- Señala que el Juez de primera instancia, realizando una correcta apreciación del memorial de excepción
- Finalmente señala que la excepción de imprecisión y contradicción en la demanda, planteada juntamente con
- En atención a los argumentos expuestos, pide que el Tribunal Supremo de Justicia, case el
- Sobre el tema, el tratadista Hugo Alsina en su Tratado Práctico de Derecho Procesal Civil
- Por su parte, el art
- La estructura y diseño normativo dispuesto por la CPE, brinda especial y trascendental protección a
- Por otra parte, el art
- Siendo uno de los pilares que compone el núcleo del Derecho Laboral sustantivo, el principio
- En el Estado Constitucional de Derecho vigente en nuestro país desde el 7 de febrero
- La excepción de incompetencia planteada por la parte demandada, versa sobre el Contrato de Prestación
- Para resolver el recurso debemos necesariamente referirnos a los arts
- En atención a lo normado y glosado líneas arriba y confrontado con el memorial de
- Considerando que los argumentos de la excepción previa de incompetencia deben ser resueltos en Sentencia,
- Bajo estos parámetros, se concluye que al no ser evidentes las infracciones denunciadas en el
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
