Auto Supremo AS/0374/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0374/2018

Fecha: 27-Jul-2018

El Servicio Nacional del Sistema de Reparto (SENASIR) representado legalmente por Juan Edwin Mercado Claros

II. ARGUMENTOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
El Servicio Nacional del Sistema de Reparto (SENASIR) representado legalmente por Juan Edwin Mercado Claros Director General Ejecutivo, indica lo siguiente:
El Auto de Vista impugnado no considera en su integridad el marco normativo vigente y aplicable en materia de Seguridad Social, y mucho menos considera que el SENASIR basa sus actuados dentro de los parámetros técnicos, legales y administrativos enmarcados en el principio de especialidad y verdad material que rige el Sistema de Seguridad Social, toda vez que como entidad desconcentrada, forma parte activa del Estado Boliviano y por ende se encuentra llamado a la defensa de los intereses de todos y cada uno de los bolivianos, protegiendo los derechos y garantías constitucionales a favor de los asegurados.
El Tribunal de alzada al señalar que en relación a determinar el monto de lo indebidamente cobrado y proceder a su recuperación, se equivoca al señalar que el SENASIR debe estar sujeto al principio de legalidad, en cuanto a la documentación de respaldo que presenta el interesado en la solicitud de su derecho, ya que debe ser corroborado por autoridades llamados por Ley, y la presunta falsedad de un documento debe emerger de una sentencia penal, como exigiría el art. 477 del R.C.S.S