Auto Supremo AS/0383/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0383/2018

Fecha: 27-Jul-2018

En el análisis del caso, corresponde establecer si efectivamente se realizó una errónea interpretación e

En el análisis del caso, corresponde establecer si efectivamente se realizó una errónea interpretación e indebida aplicación de la normativa vigente, en merito a ello, se tiene lo siguiente:
1.- En primer término, y a los fines de estructurar la presente resolución, es importante dejar anotado, que el Auto de Vista recurrido, en ningún momento puso en tela de juicio o cuestionó la facultad que tiene el SENASIR para proceder a la revisión de oficio o a denuncia de parte, de las rentas en curso de pago, facultad reconocida en el art. 9º del DS Nº 27991 de 28 de enero de 2005 concordante con el art. 477 del RCSS; el Tribunal de Apelación en la resolución de vista, lo que hace es cuestionar la capacidad del SENASIR, para ordenar la recuperación de lo indebidamente cobrado por la derechohabiente Isabel Tancara, como emergencia de la suspensión definitiva de la Renta Única de Viudedad concedida a su favor, por haber contraído nuevas nupcias; por lo cual los argumentos expuestos en el recurso de casación vinculados a dicha circunstancia, no corresponden ser considerados, al no causar perjuicio al recurrente