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    Auto Supremo AS/0541/2018-RA
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0541/2018-RA

    Fecha: 13-Jul-2018

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 9 de marzo de 2018, Blanca Azucena Paredes de Olmos cursante
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
    • Contra la mencionada Sentencia, la parte acusada Blanca Azucena Paredes de Olmos, formuló recurso de
    • Por diligencia de 2 de marzo de 2018 (fs
    • II. SOBRE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
    • La recurrente interpone recurso de casación señalando defectos procesales e incumplimiento de los arts
    • El art
    • En este contexto, el art
    • i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
    • ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
    • iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
    • Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
    • Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
    • IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
    • En el caso de autos se advierte que la recurrente fue notificada con el Auto
    • La recurrente en su primer motivo aduce que finalizada la audiencia en fecha 2 de
    • Los requisitos previstos por los arts
    • En relación al segundo motivo sostiene, que según el Auto de Vista no existe ninguna
    • Que, en atención al motivo, la recurrente no explica de manera concreta, precisa y clara
    • Asimismo, en relación al precedente invocado del Auto Supremo 178/2016-RRC de agosto; que a manera
    • Finalmente, en análisis del tercer motivo alegado, denuncia la vulneración al principio de legalidad, taxatividad
    • La recurrente, en el análisis del motivo del recurso, nuevamente, al igual que en el
    • Por cuanto, existiendo una falencia recursiva y ausencia del cumplimiento formal de argumentación respecto a
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase
    • Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos

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