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    Auto Supremo AS/0555/2018-RA
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0555/2018-RA

    Fecha: 24-Jul-2018

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 21 de febrero de 2018, cursante de fs
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
    • Contra la mencionada Sentencia, el acusador particular Noel Fuentes Gutiérrez en su condición de apoderado
    • Por diligencia de 14 de febrero de 2018 (fs
    • Del memorial del recurso de casación, se desprenden los siguientes motivos
    • En base a lo anterior, el recurrente acusa al Auto de Vista impugnado de falta
    • Acusa al Auto de Vista de falta de fundamentación con infracción al art
    • Señala el recurrente “que al existir error injudicando dentro del auto de vista No 82/2017
    • El art
    • En este contexto, el art
    • Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
    • ii)  Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
    • Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
    • iii)  Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
    • Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
    • Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
    • En el caso de autos se advierte que la parte recurrente fue notificada con el
    • La parte recurrente reclama errónea aplicación de la Ley sustantiva en relación al delito de
    • Si bien en el presente motivo se hace referencias a jurisprudencia contenida en los Autos
    • En lo referente a la denuncia de defectuosa valoración de la prueba, luego de brindar
    • La exigencia procesal referida al planteamiento del precedente contradictorio no es presente en lo absoluto
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos

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