Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos:
El recurrente denuncia que el Tribunal de alzada incurrió en falta de fundamentación y motivación en la emisión del Auto de Vista recurrido, al haberse limitado a una deficiente descripción de los argumentos de su alzada, sin resolver de manera clara, motivada y suficiente cada uno de los tres agravios acusados, los cuales trasunta de manera íntegra
- Por memorial presentado el 26 de febrero de 2018, Ariel Sandoval Montaño, de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Contra la mencionada Sentencia, el imputado Ariel Sandoval Montaño (fs
- Por diligencia de 19 de febrero de 2018 (fs
- Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- Invocando como precedente contradictorio el Auto Supremo 114 de 20 de abril de 2006, referido
- Denuncia también, que el Tribunal de apelación incurrió en revalorización de las pruebas MP-5, MP-3
- El art
- En este contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- En ese sentido, se establece que el recurrente en el primer motivo del recurso, denuncia
- En este motivo, corresponde mencionar con fines ilustrativos previo al análisis de admisibilidad del presente
- Ahora bien, del análisis del motivo expuesto, esta Sala Penal advierte que el recurrente incurre
- Además de ello, se observa que el impetrante no cumple con la carga procesal de
- Finalmente, cabe señalar que si bien de manera escueta se arguye vulneración al debido proceso,
- En consecuencia, por las razones expuestas precedentemente, se establece que el motivo analizado, no cumple
- Similar criterio debe ser asumido con relación al segundo motivo, donde el recurrente denuncia que
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
