Auto Supremo AS/0557/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0557/2018-RA

Fecha: 24-Jul-2018

En ese sentido, se establece que el recurrente en el primer motivo del recurso, denuncia


IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS

En el caso de autos, se establece que el recurrente fue notificado con el Auto de Vista impugnado el 19 de febrero de 2018, interponiendo su recurso de casación el 26 del mismo mes y año; es decir, dentro de los cinco días hábiles que le otorga la ley, en cumplimiento de la exigencia temporal prevista por el art. 417 del CPP, por lo que corresponde verificar el cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad.

En ese sentido, se establece que el recurrente en el primer motivo del recurso, denuncia que el Tribunal de alzada no absolvió uno a uno con la debida fundamentación los tres agravios denunciados en apelación restringida –el primero de ellos referido al incidente de exclusión probatoria de la prueba MP-5; el segundo, inherente a la denuncia de defectos de Sentencia contenidos en los incs. 5) y 6) del art. 370 del CPP; y el último referido al defecto de Sentencia contenido en el inc. 1) del art. 370 del CPP, en relación al art. 312 del CP-; a cuyo efecto, cita como precedente el Auto Supremo 114 de 20 de abril de 2006; y, hace referencia de la contradicción existente entre el primer agravio de su alzada y el Auto Supremo 233/2012-RRC de 18 de diciembre