Auto Supremo AS/0603/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0603/2018-RA

Fecha: 27-Jul-2018

Menciones a tres cuestiones relacionadas con el acervo probatorio son una constante en el recurso


Menciones a tres cuestiones relacionadas con el acervo probatorio son una constante en el recurso que se entreverá con las demás temáticas planteadas, manteniendo la constante de imprecisión descrita en el párrafo anterior; es así que en los apartados VI y VII del recurso se plantea la inexistencia de nexo causal entre las pruebas producidas, la relación de ellas con el tipo penal y la conducta de la imputada; y, la queja de “total y completa falta de valoración de la prueba” (sic); empero, sin ninguna precisión sobre cuál fuera el agravio, la aplicación de la Ley o la posición jurídica que haya tomado el Tribunal de apelación y que merezca oposición de parte de la impetrante. En suma, los reclamos no contienen arreglo con la norma procesal que habilita la apertura de competencia en casación, ya que no se señaló la contradicción pretendida en términos claros y precisos para un eventual análisis de contravención como tampoco se tiene argumentado un defecto procesal absoluto que estime la vulneración de un derecho o garantía; si bien en el primer caso se enuncia al Auto Supremo 215 de 23 de junio de 2005, no puede ser tomado en cuenta como precedente contradictorio por cuanto se trata de un fallo sobre un juicio de admisibilidad; y en el segundo caso las denuncias realizadas no fueron planteadas dentro de un rango suficiente de argumentación, pues más allá de lo sucinto no contienen ni un derecho lesionado plenamente identificado como así también una posición surgida en el proceso que haya generado aquella lesión