Respecto a la nulidad de obrados establecida por el Auto de Vista 19 de abril
En el caso de autos, Miguel Angel Ríos Bridoux Iriarte en representación del Banco Bisa S.A., tiene legitimación procesal en razón de haber sido parte principal en el proceso en su calidad de demandado.
II.4. Del contenido del recurso de casación.
En su recurso de casación en la forma, la parte recurrente denunció que el Auto de Vista no habría dado respuesta a los agravios expresados en el recurso de apelación y al efecto, señaló:
Respecto a la nulidad de obrados establecida por el Auto de Vista 19 de abril de 2018 por falta de debida fundamentación y motivación de la sentencia
II.4. Del contenido del recurso de casación.
En su recurso de casación en la forma, la parte recurrente denunció que el Auto de Vista no habría dado respuesta a los agravios expresados en el recurso de apelación y al efecto, señaló:
Respecto a la nulidad de obrados establecida por el Auto de Vista 19 de abril de 2018 por falta de debida fundamentación y motivación de la sentencia
- Vistos: El recurso de casación de fs
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- II. 2. Del plazo y cómputo de la presentación del recurso de casación
- II.3. De la legitimación procesal
- Respecto a la nulidad de obrados establecida por el Auto de Vista 19 de abril
- Reclama que el Auto de Vista impugnado, habría decidido anular obrados hasta la sentencia, porque
- Señala también que en el recurso de apelación de fs
- Realiza también un análisis de la sentencia, e indica que la misma habría cumplido con
- Concluye solicitando al Tribunal Supremo de Justicia resolver conforme los arts
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
