CONSIDERANDO I
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 680/2018
Sucre: 23 de julio de 2018
Expediente: LP-92-17-S
Partes: Vicente Pommier Bueno c/ René Raúl Gonzáles Leyton
Proceso: Cumplimiento de obligación
Distrito: La Paz
VISTOS: El recurso de casación de fs. 462 a 465 vta., interpuesto por Rene Raúl Gonzáles Leyton, contra el Auto de Vista Nº 318/2017 de 06 de julio, cursante de fs. 459 a 461, pronunciado por la Sala Civil Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso de cumplimiento de obligación, seguido por Vicente Pommier Bueno, contra el recurrente; el Auto Supremo de admisión de fs. 472 a 473, todo lo inherente, y;
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
El Juez Público Civil y Comercial Nº 14 de la ciudad de La Paz, dictó Sentencia de fecha 18 de octubre de 2016 de fs. 431 a 432 vta., por la que declaró PROBADA la demanda de fs. 189 a 190, subsanada de fs. 192 a 193, 203 vta., y 206, disponiendo que el demandado René Raúl Gonzáles Leyton entregue a favor del actor Vicente Pommier Bueno la suma de trescientos ocho mil ochocientos cincuenta y tres 00/100 dólares americanos ($us. 308.853) dentro del tercer día
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 680/2018
Sucre: 23 de julio de 2018
Expediente: LP-92-17-S
Partes: Vicente Pommier Bueno c/ René Raúl Gonzáles Leyton
Proceso: Cumplimiento de obligación
Distrito: La Paz
VISTOS: El recurso de casación de fs. 462 a 465 vta., interpuesto por Rene Raúl Gonzáles Leyton, contra el Auto de Vista Nº 318/2017 de 06 de julio, cursante de fs. 459 a 461, pronunciado por la Sala Civil Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso de cumplimiento de obligación, seguido por Vicente Pommier Bueno, contra el recurrente; el Auto Supremo de admisión de fs. 472 a 473, todo lo inherente, y;
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
El Juez Público Civil y Comercial Nº 14 de la ciudad de La Paz, dictó Sentencia de fecha 18 de octubre de 2016 de fs. 431 a 432 vta., por la que declaró PROBADA la demanda de fs. 189 a 190, subsanada de fs. 192 a 193, 203 vta., y 206, disponiendo que el demandado René Raúl Gonzáles Leyton entregue a favor del actor Vicente Pommier Bueno la suma de trescientos ocho mil ochocientos cincuenta y tres 00/100 dólares americanos ($us. 308.853) dentro del tercer día
- CONSIDERANDO I
- Resolución recurrida de apelación por René Raúl Gonzáles Leyton de fs
- Contra la referida determinación René Raúl Gonzáles Leyton de fs
- CONSIDERANDO II
- 2
- 3
- Por lo que solicita emitir auto supremo anulando el Auto de Vista
- CONSIDERANDO III
- III.2. Sobre la obligación de agotar la solicitud de complementación y enmienda
- En el AS 94/2017 de fecha 01 de marzo 2017 se ha orientado en sentido
- Por lo que al ser aplicable a cuestiones para subsanar cuestiones formales de las resoluciones
- Criterio que se halla en consonancia con el nuevo código procesal civil, de lo que
- Entendimiento orientado por este Supremo Tribunal en diversos fallos entre ellos el Auto Supremo Nº
- III.3. De la Congruencia en las resoluciones
- Este Supremo Tribunal de Justicia a través de sus diversos fallos (Autos Supremos Nros
- La Jurisprudencia Constitucional ha desarrollado asimismo el principio de congruencia en la Sentencia Constitucional Nº
- CONSIDERANDO IV
- De los fundamentos que sustentan su reclamo, se advierte dos tópicos; el primero vinculado a
- Ahora en cuanto a la errónea valoración de la prueba realizada en sentencia, a ese
- IV
- Sobre el particular y de acuerdo a lo esbozado en el acápite III
- Tomando como norte lo anotado, si bien el Auto de Vista de forma textual en
- Por lo que al no existir reclamos que posibiliten la modificación de la resolución de
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Juan Carlos Berrios Albizú.
