Auto Supremo AS/0411/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0411/2018

Fecha: 17-Ago-2018

La incongruencia anterior resulta determinante para impedir a este Tribunal abrir su competencia a efectos

La incongruencia anterior resulta determinante para impedir a este Tribunal abrir su competencia a efectos de pronunciar y expedirse sobre el fondo de la causa, por cuanto la solución jurídica que corresponde a las infracciones in procedendo es la nulidad, con o sin reposición, mas no la casación. Así se tiene de la inteligencia de los arts. 220 y 271 del Código Procesal Civil ampliamente abordada por este Tribunal en su jurisprudencia, tal el caso del AS Nº 33 S. Social II, de 26/01/07, en el que en un caso similar, reprochando la negligencia del recurrente dijo:
“…si bien plantea el recurso en el fondo, empero acusa infracción de normas procesales, olvidando que los errores en la instrumentalidad del proceso, regulado por el código adjetivo, se debe impugnar vía recurso de casación en la forma o nulidad a efectos de retrotraer el trámite hasta el momento en que pudo haberse incurrido en el error in procedendo