Auto Supremo AS/0430/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0430/2018

Fecha: 17-Ago-2018

Al respecto, el memorando de agradecimiento de servicios de fs

Al respecto, el memorando de agradecimiento de servicios de fs. 4, por reajuste de la planilla real a la planilla presupuestaria, no tiene ningún respaldo técnico que demuestre, sin lugar a dudas que el cargo de Encargada de Caja, que ejercía la señora Vidaurre desapareció o debía desaparecer, por cuanto no justifica técnicamente que la prestación de ese servicio o ese cargo, era innecesario y no afectaba el normal desarrollo del SEDECA; hecho que no ha sido desvirtuado por el empleador, quien tiene la carga de la prueba (art. 48.II de la CPE), disposiciones laborales que son de cumplimiento obligatorio, las que se interpretarán y aplicarán bajo los principios de protección de los trabajadores, de primacía de la relación laboral, de continuidad y estabilidad laboral. Más si aplicamos el Principio de Primacía de la Realidad, que demuestra según las planillas de pago de junio/2011 (fs. 35-42) y agosto/2012 (fs. 227-236), que los trabajadores del SEDECA no son 100, como refiere debían ser, sino 103