Dicho esto, debemos hacer un análisis de los actuados que el recurrente observa, como son
Dicho esto, debemos hacer un análisis de los actuados que el recurrente observa, como son la Sentencia y el Auto de Vista, pues de acuerdo con su recurso de casación, no se valoró ni consideró la prueba de manera correcta, toda vez que se trata de una relación civil y no así laboral; empero, verificados los antecedentes procesales, se puede evidenciar que las actuaciones procesales sindicadas cumplen con los requisitos que exige la normativa vigente para su redacción, cuales son: indicar el nombre de las partes, relación sucinta de la acción y puntos de controversia, se describe una relación de los hechos comprobados, refiere a las pruebas que obran en los hechos y fundamenta legalmente las que estima pertinentes, cita las normas legales aplicables al caso concreto, en la parte resolutiva indica la decisión adoptada y la liquidación final de pago de beneficios sociales detallando cada concepto
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- En grado de apelación deducida por el demandado de fs
- Ante la determinación del Auto de Vista, el demandado Empresa Constructora “ANDINO S
- Interpuesto el recurso de casación, el recurrente establece que el Auto de Vista impugnado, así
- De conformidad con el art
- - De igual manera, en una mala valoración de la prueba, se determina como tiempo
- - Otra prueba mal valorada, son las planillas de sueldos y formularios de accidentes de
- En conclusión, no corresponde el pago de ningún tipo de beneficio social, pues se trata
- Por su parte, el demandante habiendo sido legalmente notificado, no hace uso de su derecho
- -De la tercerización de obligaciones laborales
- -De los requisitos de la Sentencia y Auto de Vista
- Por otra parte, de acuerdo con el mandato del art
- De igual manera, corresponde señalar que en materia laboral, el art
- Primeramente se debe comprender que, el Juez de primera instancia es la Autoridad competente que
- Dicho esto, debemos hacer un análisis de los actuados que el recurrente observa, como son
- Debemos también aclarar la pertinencia que deben tener las peticiones de las partes, pues para
- Consiguientemente, corresponde fallar de acuerdo a las disposiciones contenidas en el art
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Sin costas, en aplicación del art. 39 de la Ley 1178
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
