Auto Supremo AS/0451-1/2018-CA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0451-1/2018-CA

Fecha: 17-Ago-2018

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3. Vulnera el debido proceso previsto en el art. 115 de la CPE; por cuanto toda persona tiene derecho a ciertas garantías mínimas tendientes a asegurar un resultado justo y equitativo dentro del proceso y la administración pública debe subordinarse a las leyes del país que protegen a las personas del Estado, así el art. 37. I del D.S. 25950, ya fue superado por el art. 97 de la Ley N° 164, determinando que la multa sea concreta y no opere en forma difusa, considerando la infracción que la genera; debido proceso también vinculado al principio de legalidad previsto en el art. 164 .II de la CPE, que se traduce en que para las autoridades e instituciones públicas, sólo está permitido lo que esté constitucional y legalmente autorizado en forma expresa y todo lo que no esté autorizado está vedado