En relación al segundo motivo de casación, denuncian que el Tribunal de apelación pretendió revalorar
En relación al segundo motivo de casación, denuncian que el Tribunal de apelación pretendió revalorar las pruebas 8, 9, 10 y 11 que no fueron producidas en juicio, mencionando y fundando su fallo en observaciones en torno a las mismas; al respecto, cumplió con la obligación de invocar como precedentes los Autos Supremos 140/2009 de 5 de marzo y 399/2014-RRC de 19 de agosto, señalando que los mismos establecen la forma de producción de la prueba documental y la prohibición de revalorar prueba, aspectos que en el caso de Autos el de alzada no habría cumplido. Por lo que corresponde admitir el agravio planteado, por cumplimiento de los requisitos previstos por los arts. 416 y 417 del CPP
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Los imputados de manera individual, pero con argumentos idénticos, plantean los siguientes motivos de casación
- Aducen, que el Auto de Vista impugnado, anuló la Sentencia porque el Tribunal de Sentencia
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
- En cuanto al primer motivo planteado, los recurrentes arguyen dos circunstancias: i) A tiempo de
- ii) Los recurrentes alegan, que el Tribunal de apelación no resolvió los cinco agravios planteados
- En relación al segundo motivo de casación, denuncian que el Tribunal de apelación pretendió revalorar
- Finalmente, como tercer motivo, los recurrentes refieren que la razón para anular la Sentencia, sería
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
