Auto Supremo AS/0690/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0690/2018-RRC

Fecha: 17-Ago-2018

En cuanto, a la denuncia de incongruencia omisiva incurrida por el Tribunal de alzada respecto


En cuanto, a la denuncia de incongruencia omisiva incurrida por el Tribunal de alzada respecto al defecto de Sentencia previsto por el inc. 6) del art. 370 del CPP, acusado en apelación restringida por Micaela Licona Valdivia, hay que hacer notar que si la citada imputada considera que se hubiese vulnerado el debido proceso en su elemento congruencia, es quien se encuentra legitimada jurídica y constitucionalmente para denunciar y reclamar dicha vulneración y no así la ahora recurrente, pues es lógico que la presunta falta de pronunciamiento del Tribunal de alzada de agravios expresados en el recurso de apelación de la imputada, afecta directamente a sus intereses legítimos y por tanto, es ella la que goza de legitimación activa para dicho efecto y no así la querellante