Auto Supremo AS/0690/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0690/2018-RRC

Fecha: 17-Ago-2018

La recurrente denuncia que el Tribunal de alzada, debió dictar en el Auto de Vista


La recurrente denuncia que el Tribunal de alzada, debió dictar en el Auto de Vista impugnado, respondiendo efectivamente a las cuestiones recurridas en la apelación, previstas en los incs. 5) y 6) del art. 370 del CPP, sin emitir criterio sobre los puntos impugnados, falta de fundamentación cuya omisión se constituye en defecto absoluto que atenta contra el principio del debido proceso y la tutela judicial efectiva, incumplimiento traducido al momento de resolver el defecto de la sentencia, previsto en el inc. 5) de la citada norma, cuando se refiere en el  considerando IV de “Fundamentos jurídicos de este Tribunal de alzada”, al expresar que si bien se afirmó una adecuada fundamentación descriptiva de la prueba; pero no se habría realizado una fundamentación intelectiva; ya que, se habría remitido al conjunto de pruebas de cargo, sin otorgar el valor probatorio a cada elemento de prueba dentro de la audiencia de juicio oral, extremo a la cual refiere la recurrente que no sería evidente; ya que, existiera una fundamentación descriptiva e intelectiva tanto de las pruebas testificales como documentales, plasmados en el considerando bajo el título de “La fundamentación descriptiva e intelectiva” donde estaría la adecuada fundamentación fundándose en pruebas debidamente judicializadas