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    Auto Supremo AS/0709/2018-RA
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0709/2018-RA

    Fecha: 17-Ago-2018

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    • Por memorial presentado el 15 de junio de 2018, cursante de fs
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
    • Contra la referida Sentencia, el imputado Jhery Gandarillas Velasco (fs
    • Por diligencia de 11 de junio de 2018 (fs
    • II. SOBRE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
    • El recurrente interpone recurso de casación, realizando una exposición de antecedentes, bajo los siguientes argumentos:
    • El art
    • En este contexto, el art
    • Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
    • ii)  Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
    • Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
    • iii)  Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
    • Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
    • Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
    • IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
    • En primer término el Auto Supremo 041/2017-RRC de 24 de enero que ha invocado el
    • En segundo término, el Auto Supremo 073/2013-RRC de 19 de marzo, si bien establece doctrina
    • Respecto al precedente citado del Auto Supremo 118/2015-RRC de 24 de febrero, si bien ha
    • En relación a los Autos Supremos 317 de 13 de junio de 2003, 200/2012-RRC de
    • En cuanto a la denuncia de defectos absolutos, habiendo dado cumplimiento en parte a las
    • Como tercer motivo, denuncia defecto absoluto por violación al principio de continuidad, celeridad y concentración
    • De la revisión de los argumentos sustentados y de los precedentes invocados, a los fines
    • Se hace constar que habiéndose dado cumplimiento a las formas procesales, no estando centrada la
    • En el motivo se han señalado dos aspectos que invoca como defectos absolutos: el primero,
    • Finalmente, arguye como quinto motivo, defecto procesal absoluto por ausencia de fundamentación en la imposición
    • En suma, de la observación de los requisitos formales para la procedencia del recurso de
    • Nuevamente, se hace constar que habiéndose dado cumplimiento a las formas procesales, no estando centrada
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase
    • Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos

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