Auto Supremo AS/0709/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0709/2018-RA

Fecha: 17-Ago-2018

En primer término el Auto Supremo 041/2017-RRC de 24 de enero que ha invocado el


En el caso de autos se advierte que el recurrente fue notificado con el Auto de Vista ahora impugnado el 11 de junio de 2018, interponiendo su recurso de casación el 15 de junio de 2018; por ello, el recurso fue interpuesto dentro del plazo de los cinco días hábiles que le otorga la ley, en cumplimiento del requisito temporal exigido por el art. 417 del CPP, por lo que corresponde verificar el cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad.

En el primer motivo casacional, se denuncia carencia de fundamentación del Auto de vista, vulnerando el art. 124 del CPP, porque respecto al primer motivo [defecto del art. 370 inc. 6) del CPP], se había cuestionado la prueba MP-D3, MP-D8 y MP-D10 y la declaración del testigo Alex Mendoza, estableciéndose la falsedad de las firmas existentes en la prueba de alco-test, ordenándose la remisión de antecedentes al Ministerio Público; y al ser así, no se podía otorgar valor probatorio a dicha prueba, vulnerando las reglas de la sana crítica (la lógica). Sobre aquello existen contradicciones ignoradas por el Tribunal que sin verificar aquello, limitándose a concluir que no se habría dado cumplimiento a señalar los medios de prueba valorados defectuosamente y los elementos de la sana crítica omitidos. Invoca los Autos Supremos 041/2017-RRC de 24 de enero y 073/2013-RRC de 19 de marzo.

En primer término el Auto Supremo 041/2017-RRC de 24 de enero que ha invocado el recurrente no cumple con lo previsto por el art. 416 del CPP, el que establece claramente que el precedente contradictorio es aquel que establece doctrina legal aplicable, lo que no ocurre en el caso de autos, siendo que el Auto Supremo citado no contiene doctrina legal, al haber determinado en su parte resolutiva infundado el entonces recurso, circunstancia por la que no puede ser considerado como precedente contradictorio para realizar la labor de contraste en el fondo del recurso planteado