Por memorial presentado el 27 de junio de 2018, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 711/2018-RA
Sucre, 17 de agosto de 2018
Expediente: Chuquisaca 34/2018
Parte Acusadora: Ministerio Público y otros
Parte Imputada: Moisés Flores Maldonado
Delitos: Asesinato en grado de Tentativa y otro
RESULTANDO
Por memorial presentado el 27 de junio de 2018, cursante de fs. 492 a 497, Moisés Flores Maldonado, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 193/2018 de 18 de junio, de fs. 478 a 482, pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público, José Luis Herrera Barja y Raúl Barja Salazar contra el recurrente, por la presunta comisión de los delitos de Asesinato en grado de Tentativa y Lesiones Leves, previstos y sancionados por los arts. 252 inc. 2), con relación al art. 8 y 271 del Código Penal (CP), respectivamente
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 711/2018-RA
Sucre, 17 de agosto de 2018
Expediente: Chuquisaca 34/2018
Parte Acusadora: Ministerio Público y otros
Parte Imputada: Moisés Flores Maldonado
Delitos: Asesinato en grado de Tentativa y otro
RESULTANDO
Por memorial presentado el 27 de junio de 2018, cursante de fs. 492 a 497, Moisés Flores Maldonado, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 193/2018 de 18 de junio, de fs. 478 a 482, pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público, José Luis Herrera Barja y Raúl Barja Salazar contra el recurrente, por la presunta comisión de los delitos de Asesinato en grado de Tentativa y Lesiones Leves, previstos y sancionados por los arts. 252 inc. 2), con relación al art. 8 y 271 del Código Penal (CP), respectivamente
- Por memorial presentado el 27 de junio de 2018, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado Moisés Flores Maldonado, formuló recurso de apelación restringida
- c) Por diligencia de 19 de junio de 2018 (fs
- Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- El art
- En este contexto, el art
- Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Los datos estadísticos sobre el movimiento de causas penales en este Tribunal Supremo, demuestran la
- También precisó que este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- Ahora bien, en armonía con los criterios referidos, este Tribunal considera necesario precisar las siguientes
- En el caso de autos, se constata que el recurrente cumplió con el requisito relativo
- Sobre el primer motivo el recurrente refiere que en su recurso de apelación restringida denunció
- Con relación a los presupuestos de flexibilización exigidos para la apertura excepcional de un agravio
- Sobre el segundo motivo denuncia que en su recurso de apelación restringida se realizó una
- En razón a los presupuestos de flexibilización para la apertura excepcional de un agravio reclamado,
- Igualmente es necesario aclarar para ambos motivos que las Sentencias Constitucionales citadas e invocadas por
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
