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    Auto Supremo AS/0723/2018-RA
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0723/2018-RA

    Fecha: 17-Ago-2018

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 7 de junio de 2018, cursante de fs
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
    • Contra la referida Sentencia, el imputado Rildo Yepez Vargas (fs
    • Por diligencia de 6 de junio de 2018 (fs
    • Del memorial de casación, se extraen los siguientes motivos
    • Por otra parte, reclama que el Auto de Vista recurrido al igual que la Sentencia
    • En el otrosí 1 de su recurso cita los Autos Supremos 317 de 13 de
    • El art
    • En este contexto, el art
    • i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
    • ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
    • iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
    • Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
    • Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
    • De la revisión de antecedentes, se tiene que el recurrente cumplió con el primer requisito
    • Respecto al primer motivo, se tiene que reclama que el Auto de Vista incurrió en
    • Al respecto, el recurrente en la formulación del presente motivo incurre en un notorio desorden;
    • Por los fundamentos expuestos, se establece que el presente motivo no cumplió con los requisitos
    • En la formulación de este motivo, el recurrente alega la concurrencia de dos defectos en
    • Con relación a la invocación de las Sentencias Constitucionales Plurinacionales 0528/2016-S3 de 9 de mayo,
    • Por los fundamentos expuestos, se tiene que el recurrente en este segundo motivo también inobservó
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos

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