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    Auto Supremo AS/0730/2018-RA
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0730/2018-RA

    Fecha: 17-Ago-2018

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    • Por memorial presentado el 24 de mayo del 2018, cursante de fs
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
    • Por diligencia de 17 de mayo de 2018 (fs
    • Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes agravios
    • Señala que, en la apelación del Ministerio Público no se tomó en cuenta que la
    • Aduce que la Sentencia condenatoria 23/2018 de 28 de abril estableció que su participación se
    • Refiere la inexistencia de prueba documental, testifical o pericial presentada por el Ministerio Público o
    • Finaliza citando la Declaración Universal de los Derechos Humanos en sus arts
    • El art
    • En este contexto, el art
    • Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
    • ii)  Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
    • Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
    • iii)  Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
    • Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
    • Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
    • En el caso de autos se advierte que el recurrente fue notificado con el Auto
    • Con relación a los motivos primero y segundo, al afirmar la existencia de contradicción en
    • Al no haberse individualizado el o los precedentes considerados contradictorios y el no haberse explicado
    • Las falencias advertidas en el planteamiento del recurso, no pueden ser suplidas de oficio ni
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos

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