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    Auto Supremo AS/0769/2018-RA
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0769/2018-RA

    Fecha: 27-Ago-2018

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    • Por memorial presentado el 26 de junio de 2018, cursante de fs
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
    • Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes agravios
    • Hace referencia a que en su recurso de apelación restringida reclamó la existencia de valoración
    • Con relación a la temática planteada invoca como precedente contradictorio el Auto Supremo 210/2017 de
    • El art
    • En este contexto, el art
    • Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
    • ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
    • Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
    • iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
    • Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
    • Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
    • En el caso de autos se advierte que el recurrente fue notificado con el Auto
    • Respecto al primer motivo, en el que el recurrente refiere que el Auto de Vista,
    • En ese sentido, el recurso de casación no procede contra otro tipo de resolución judicial
    • En el caso presente, el impugnado Auto de Vista, conoció la alzada en contra de
    • No obstante de ello, se advierte que el recurrente identificó plenamente el hecho concreto que
    • Con relación a la temática planteada, se constata que el recurrente se limita a transcribir
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase
    • Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos

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