En el presente caso se trata de una demanda ordinaria de acción negatoria y en
Dentro del caso de autos, si bien el principio de impugnación es un principio procesal para que las partes puedan interponer el recurso ante las resoluciones dictadas por los jueces o tribunales, empero, existen procesos en que es inviable conceder el recurso de casación.
En el presente caso se trata de una demanda ordinaria de acción negatoria y en el desarrollo del proceso, la Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Chuquisaca, dictó el Auto de Vista N° SCCI-0184/2018 de 5 de julio, determinando revocar el Auto Definitivo N° 87 de 4 de mayo de 2017 que declaró la extinción de la instancia por inactividad
En el presente caso se trata de una demanda ordinaria de acción negatoria y en el desarrollo del proceso, la Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Chuquisaca, dictó el Auto de Vista N° SCCI-0184/2018 de 5 de julio, determinando revocar el Auto Definitivo N° 87 de 4 de mayo de 2017 que declaró la extinción de la instancia por inactividad
- Partes: Jacinta Callejas Cruz de Serrano, Lourdes Eloyza Bailey Matienzo, Shirley Marlene Ferrel Meneses de
- Expediente: CH-57-18-Com
- Distrito: Chuquisaca
- La Sala de Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, pronunció
- Contra la referida determinación Jacinta Callejas Cruz de Serrano, Lourdes Eloyza Bailey Matienzo, Shirley Marlene
- CONSIDERANDO II
- Solicitando en definitiva, se declare legal el recuso de compulsa
- CONSIDERANDO III
- Con relación a la impugnación el art
- Cuando el legislador ha establecido la procedencia del recurso de casación contra Autos de Vista
- CONSIDERANDO IV
- Los compulsantes señalan que la Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia
- En el presente caso se trata de una demanda ordinaria de acción negatoria y en
- Por lo que el Tribunal de Alzada actuó de manera correcta al emitir el Auto
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en ejercicio de la atribución
- De conformidad al art
- Regístrese, comuníquese y devuélvase.
