- Partes: Carlos Julio de Lemoide Agreda c/ Carlos Gonzalo Baya Aguirre
- Proceso: Fraude procesal
- Distrito: Cochabamba
- CONSIDERANDO I
- 2
- CONSIDERANDO II
- 1.De la resolución impugnada
- Del análisis del Auto de Vista de fecha 30 de abril de 2018, que cursa
- 2.Del plazo de presentación del recurso de casación
- 3.De la legitimación procesal
- 4.Del contenido del recurso de casación
- De la revisión del recurso de casación, se observa que Carlos Gonzalo Baya Aguirre, en
- b)Que no se tomó en cuenta que en base al documento de fecha 17 de
- De esta manera, solicita se emita resolución anulatoria con reposición de obrados desde la sentencia
- Por las consideraciones expuestas, se infiere que el recurso de casación resulta admisible, correspondiendo en
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- En atención a la carga procesal pendiente en esta Sala, la causa aguarde turno para
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
