Finalmente, del cotejo de antecedentes con el motivo expuesto, se constata además de las falencias
Finalmente, del cotejo de antecedentes con el motivo expuesto, se constata además de las falencias argumentativas expuestas líneas precedentes, que el recurso de casación deducido refiere aspectos que no fueron observados en grado de apelación; es decir, al obviar interponer el recurso de apelación restringida que la norma procesal prevé, no se dio oportunidad para que el Tribunal de alzada se pronuncie respecto a lo acusado en casación; razón por la cual, este Tribunal no puede suplir la negligencia de la recurrente de no haber reclamado en su oportunidad supuestos defectos; de esa manera el Auto Supremo 455/2016-RRC de 16 de junio, señala: “…cabe precisar que esta temática no fue denunciada de manera oportuna en el recurso de apelación restringida; en consecuencia, este Tribunal no puede ingresar a su análisis, tomando en cuenta que el Auto de Vista ahora impugnado como emergencia de falta de reclamo no se pronunció, teniendo presente que en el sistema procesal penal boliviano no está reconocida la posibilidad de aplicación del principio ‘per saltum’ (referida al derecho de recurrir de casación aunque no se hubiera apelado de la Sentencia); de lo contrario, se estaría quebrantando el principio de constitucionalidad y de legalidad que rige el orden establecido, generando un desorden jurídico”
- Por memorial presentado el 25 de julio de 2018, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Por diligencia de 25 de julio de 2018 (fs
- Del memorial del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- Asimismo, expresa de manera concreta que las pruebas de cargo promovidas por el acusador público,
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos se advierte que la recurrente fue notificada con el Auto
- En cuanto a los argumentos del recurso de casación, se establece que la recurrente denuncia
- De la misma forma, si bien la recurrente hace alusión de manera escueta a la
- Finalmente, del cotejo de antecedentes con el motivo expuesto, se constata además de las falencias
- En consecuencia, por las razones expuestas precedentemente, se establece que el recurso analizado, no cumple
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
