Expresa el recurrente que el Auto de Vista que impugna es contrario a la doctrina
Expresa el recurrente que el Auto de Vista que impugna es contrario a la doctrina legal aplicable de los Autos Supremos arriba descritos, pues estando vedada la revalorización de prueba en apelación restringida, al Sala Penal Primera revalorizó las testimoniales de la querellante y MEIF “tomando como base el certificado de GRUMESCO que nunca fue parte de la comunidad de la prueba, de igual modo revalorizan la prueba D-1, cuando señalan que es tajante.” (sic)
- Por memorial presentado el 1 de agosto de 2017, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- Por Sentencia 46 de 13 de septiembre de 2016 (fs
- Contra la mencionada Sentencia, el Ministerio Público (fs
- I.1.1. Motivo del recurso de casación
- Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 097/2018-RA de 26 de febrero,
- En el primer motivo del recurso, se plantea contradicción entre el Auto de Vista recurrido
- En el segundo motivo del recurso, el recurrente indica que si los requisitos de validez descritos en
- I.1.2. Petitorio
- El recurrente solicitó que previa remisión, este Tribunal admita su recurso para después dejar sin
- II.1. De la Sentencia
- La declaratoria de absolución, tuvo como principal argumento la aseveración de los miembros del Tribunal
- Del informe pericial de entrevista sicológica y del testimonio de la víctima “se extrae que
- Lo aseverado por la víctima y la querellante, en sentido que “al evidenciar, que se
- “…se denota esta presión familiar sobre la víctima, al ver los otros indicadores sicológicos extraídos
- II.2. De las apelaciones restringidas
- Por memorial de fs
- II.2.2.Del recurso de apelación restringida opuesto por la querellante
- Por su parte, tal cual es visto en memorial de fs
- No fueron consideradas las siguientes documentales: “certificado médico forense, el informe psicológico preliminar y
- Se afirmó también que le juez de grado no había valorado las atestaciones de
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- Activado el recurso de apelación restringida la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia
- III
- Transcribiendo la totalidad del Considerando Segundo de la Resolución impugnada, que son señalados como el
- Cuestiona que el Auto de Vista impugnado ingresó a revalorizar elementos de hecho, al expresar:
- Se invocaron como precedentes contradictorios los Autos Supremos 384/2005 de 26 de septiembre, 200/2012-RRC de
- III.1.1. Doctrina legal aplicable contenida en los precedentes invocados
- El Auto Supremo 384/2005 de 26 de septiembre, aborda el tema de la prohibición de
- “Es necesario precisar, que el recurso de apelación restringida, constituye un medio legal para impugnar
- El Auto Supremo 0034/2013-RRC de 14 de febrero, tiene como antecedente un proceso por el
- II.1.2. Análisis del motivo en concreto
- Expresa el recurrente que el Auto de Vista que impugna es contrario a la doctrina
- Como se tiene detallado, la censura en casación se centra en elementos de prueba específicos
- Por una parte los de apelación comprendieron que la correlación entre lo depuesto por la
- Partiendo de la misma situación de hecho, pero bajo un matiz jurídico procesal distinto, el
- Agrega que contrario a lo afirmado por el Tribunal de apelación, la sentencia de grado
- III.2.1. Doctrina legal aplicable contenida en los precedentes invocados
- El Auto Supremo 073/2013-RRC de 19 de marzo, con el antecedente de infracción al art
- Ahora bien, el Tribunal de apelación, en ejercicio de la competencia asignada por el art
- En cuanto al Auto Supremo 215/2013 de 12 de junio, fue pronunciado por la Sala
- El Tribunal de Alzada podrá anular total o parcialmente la sentencia y ordenará la reposición
- En aquellos supuestos en que el Tribunal de alzada se incline por anular parcialmente la
- III.2.2. Análisis del motivo en concreto
- Lo alegado por el recurrente en este tramo de su recurso, posee tres pilares, por
- Sobre la aseveración que la anulación de la sentencia fue basada en revalorización de prueba,
- En el caso de autos, la sugerencia del recurrente sobre la vulneración al principio in
- Por consiguiente, no siendo evidente la contradicción planteada por el imputado en casación, resta fallar
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
