Auto Supremo AS/0803/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0803/2018-RA

Fecha: 29-Ago-2018

Por las consideraciones expuestas, se infiere que el recurso de casación resulta admisible, correspondiendo en

e)El incumplimiento e incorrecta interpretación de la Jurisprudencia ordinaria contenida en los Autos Supremos N° 1233/2016 y N° 444/2017, arguyendo que dichos fallos constituyen jurisprudencia aplicable a este proceso, y al ser resoluciones emanadas por el máximo Tribunal ordinario, su cumplimiento es obligatorio y de carácter vinculante, empero el Tribunal de alzada omitiendo ello, únicamente ha transcrito parte de dichas resoluciones con un sentido favorable para la parte demandada, al señalar que supuestamente no existe condición suspensiva en el contrato de 15 de septiembre, cuando los fallos mencionados han establecido que ha quedado suspendida la venta mientras se solucione la hipoteca; que los vendedores se obligaron en el plazo de 15 días a sanear el inmueble o en su caso devolver el dinero de la venta; y que los compradores, al vencimiento de dicho plazo únicamente se reservaban el derecho de iniciar la acción legal pertinente.
f)La infracción e interpretación errónea de los arts. 450, 485, 519 y 585 del Código Civil y la aplicación indebida del art. 521 del mismo compilado legal.
En base a lo expuesto, solicita se Anule el Auto de Vista impugnado para que se vuelva a emitir nueva resolución, o en su caso se Case totalmente dicho fallo y se declare probada la demanda principal e improbada la demanda reconvencional.
Por las consideraciones expuestas, se infiere que el recurso de casación resulta admisible, correspondiendo en consecuencia su análisis y resolución conforme a derecho