Que el Tribunal de apelación injusta y erróneamente causándole agravio e indefensión indicó que lo
Que el Tribunal de apelación injusta y erróneamente causándole agravio e indefensión indicó que lo denunciado no constituye causal de nulidad al no vulnerarse el derecho a la defensa pues el ofrecimiento de la prueba en cuestión fue realizado fuera del plazo de los 10 días de término probatorio y respecto a la prueba testifical y confesión judicial provocada, que exigía el cumplimiento del art. 149 Código Procesal del Trabajo, dicho proveído no fue objeto de impugnación, es así que el juez de primera instancia vulneró lo dispuesto por el art. 3 y art. 191 del Código de Procedimiento Civil aplicable en aquel tiempo, al no permitirle descargar la prueba legalmente propuesta
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- Siendo que los argumentos radican principalmente en aspectos de forma que pretenden una nulidad procesal,
- Así, de la revisión exhaustiva del cuaderno procesal, se advierte que la empresa demandada contestó
- En ese contexto, la empresa recurrente pretende la nulidad de los actuados procesales bajo el
- Por otra parte, se debe tener presente que el Juez a quo en aplicación del
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- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
