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En consecuencia, corresponde notificar a la parte actora y recurrente de casación, para que en función a lo observado, presenten la sentencia definitiva emitida por el Tribunal Constitucional Plurinacional, en revisión del Auto de Amparo Constitucional Nº 05/2016, para el efecto, se le concede el plazo de 10 días, caso contrario, por Secretaría de Sala ofíciese al Tribunal Constitucional Plurinacional, para que remita a este despacho la resolución requerida, misma que resulta necesaria para la emisión del Auto Supremo correspondiente
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