Auto Supremo AS/0819/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0819/2018-RRC

Fecha: 10-Sep-2018

De lo reclamado y lo resuelto, ingresando ya a la labor de cotejo desarrollada por


Finalmente, en lo que respecta a la denuncia de vulneración del principio de seguridad jurídica señaló que “el tribunal sustentó claramente las razones por las que considera creíbles las declaraciones, esencialmente porque considera que se encuentran corroboradas por otros elementos probatorios producidos. Debe tenerse presente que el juez ad quo al resolver consideró que la prueba incorporada a juicio valorada integralmente determinó la convicción de un juicio de condena, no puede alegarse vulneración al principio in dubio pro reo, en la circunstancia que las premisas a las que arribó la juzgadora en la parte considerativa del fallo, no son dubitativas en cuanto a la responsabilidad penal del acusado; mas por el contrario las mismas verifican el convencimiento de la misma con relación de la comisión por parte del procesado del delito de abuso sexual; de modo tal que la parte resolutiva de la Sentencia, viene a constituir la conclusión emergente de las premisas invocadas y que forman en un todo el razonamiento intelectivo que determina lo resuelto;”

De lo reclamado y lo resuelto, ingresando ya a la labor de cotejo desarrollada por este Tribunal, se advierte que lo expresado por el Tribunal de alzada responde de manera expresa a los cuestionamientos de defectos incoados de forma concreta en apelación restringida –defectos de Sentencia previstos por los incs. 1), 5), y 6) del art. 370 del CPP; y, vulneración del principio de seguridad jurídica-, advirtiendo un pronunciamiento claro en torno a ellos, sin dejar dudas respecto a lo expresado