Auto Supremo AS/0846/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0846/2018-RRC

Fecha: 17-Sep-2018

Por su parte, el Tribunal de alzada en atención a los defectos de Sentencia expuestos


Por su parte, el Tribunal de alzada en atención a los defectos de Sentencia expuestos líneas precedentes, resolvió de manera concreta en cuanto el previsto en el inc. 1) del art. 370 del CPP -luego de señalar que el Tribunal de Sentencia valoró los elementos probatorios aplicando las reglas de la sana crítica a los efectos de imponer la pena y adecuar la conducta del imputado al tipo penal previsto por el art. 261 del CP- “que el acusado pudo prevenir porque sabe que al conducir un vehículo en estado de ebriedad, podía ocasionar un accidente como ha ocurrido, por lo que no entra en la concepción de accidente fortuito (…) no puede ser accidente fortuito cuando el acusado recurrente estaba en estado de ebriedad conduciendo un vehículo”