De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
Por Sentencia 28/2015 de 25 de agosto (fs. 69 a 78 vta.), el Tribunal Segundo de Sentencia de Oruro, declaró a la imputada Mirtha Patricia Quevedo Acalinovic, autora del delito de Conducta Antieconómica, previsto y sancionado por el art. 224 del CP, imponiendo la pena de cinco años de reclusión, con costas y responsabilidad civil a favor del Estado y de la víctima, averiguables en ejecución de sentencia.
Contra la mencionada Sentencia, el defensor de oficio de la imputada Mirtha Patricia Quevedo Acalinovic (fs. 206 a 209), formuló recurso de apelación restringida, resuelto por Auto de Vista 30/2018 de 23 de abril, emitido por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, que declaró improcedente el recurso intentado y confirmó la sentencia apelada.
c) Por diligencia de 30 de julio de 2018 (fs. 343), fue notificada la recurrente con el referido Auto de Vista; y, el 7 de agosto del mismo año, interpuso el recurso de casación que es objeto del presente análisis de admisibilidad
- Por memorial presentado el 7 de agosto de 2018, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- En la etapa de juicio se designó un nuevo defensor de oficio, que sólo se
- Añade que pese a la incorporación de supuesta prueba extraordinaria no se suspendió el juicio
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En ese sentido, un primer aspecto que debe destacarse es que la recurrente a lo
- En el cuarto motivo, la recurrente denuncia la ilegal incorporación de prueba extraordinaria, pese a
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
