Auto Supremo AS/0901/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0901/2018-RA

Fecha: 27-Sep-2018

Se deja constancia que, si bien el recurrente invoca a su vez defectos absolutos del

Se deja constancia que, si bien el recurrente invoca a su vez defectos absolutos del art. 169 inc. 3) del CPP por afectación a la seguridad jurídica, debe dejarse sentado que más allá de hacer una mera alocución, no se indica con precisión en qué consistiría la restricción o disminución del derecho o garantía y tampoco se explica cuál el resultado dañoso provocado por la restricción, no cumpliéndose de esa manera con los criterios de flexibilización para poder ingresar al fondo de la cuestión planteada excepcionalmente