Auto Supremo AS/0149/2019-CA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0149/2019-CA

Fecha: 03-Oct-2019

En ese sentido, el art

Por otra parte, ante la pretensión del Gobierno Autónomo Municipal de Santa de la Sierra de forzar una decisión a éste tribunal, para pronunciarse sobre la falta de competencia del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, para resolver hechos controvertidos y conflictos individuales, en la emisión de la Resolución Ministerial N° 691/19 de 30 de julio de fs. 4 a 6 vta., esta solicitud no encuentra asidero legal para su debate en ésta jurisdicción, debiendo dicho planteamiento ser dirigido a la instancia constitucional o legal correspondientes.
En ese sentido, el art. 778 del Código de Procedimiento Civil (1975), estatuye la procedencia del proceso contencioso administrativo exigiendo la existencia previa de oposición entre el interés público y el interés privado del administrado y cuando la persona que creyere lesionado o perjudicado su derecho privado, hubiere ocurrido previamente ante el Poder Ejecutivo, reclamando expresamente el acto administrativo impugnado y agotando ante ese Poder todos los recursos de revisión, modificación o revocatoria de la resolución que le hubiere afectado