En ese sentido, el art
Por otra parte, ante la pretensión del Gobierno Autónomo Municipal de Santa de la Sierra de forzar una decisión a éste tribunal, para pronunciarse sobre la falta de competencia del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, para resolver hechos controvertidos y conflictos individuales, en la emisión de la Resolución Ministerial N° 691/19 de 30 de julio de fs. 4 a 6 vta., esta solicitud no encuentra asidero legal para su debate en ésta jurisdicción, debiendo dicho planteamiento ser dirigido a la instancia constitucional o legal correspondientes.
En ese sentido, el art. 778 del Código de Procedimiento Civil (1975), estatuye la procedencia del proceso contencioso administrativo exigiendo la existencia previa de oposición entre el interés público y el interés privado del administrado y cuando la persona que creyere lesionado o perjudicado su derecho privado, hubiere ocurrido previamente ante el Poder Ejecutivo, reclamando expresamente el acto administrativo impugnado y agotando ante ese Poder todos los recursos de revisión, modificación o revocatoria de la resolución que le hubiere afectado
En ese sentido, el art. 778 del Código de Procedimiento Civil (1975), estatuye la procedencia del proceso contencioso administrativo exigiendo la existencia previa de oposición entre el interés público y el interés privado del administrado y cuando la persona que creyere lesionado o perjudicado su derecho privado, hubiere ocurrido previamente ante el Poder Ejecutivo, reclamando expresamente el acto administrativo impugnado y agotando ante ese Poder todos los recursos de revisión, modificación o revocatoria de la resolución que le hubiere afectado
- Del examen de los argumentos de la demanda, se advierte que el demandante, solicita a
- En el contexto referido, de la compulsa de los antecedentes y la normativa que asignaría
- La Ley de Procedimiento Administrativo Nº 2341 (LPA), establece como objeto de la ley, establecer
- Asimismo, el art
- La cita de la normativa señalada, advierte la regulación de la actividad administrativa y el
- De revisión de los antecedentes del proceso, se constata que la presente problemática tiene como
- En el contexto desarrollado, no es pertinente ni atinado concebir que los actos de las
- Es decir, la judicatura laboral no está obligada a armonizar con la Ley de Procedimiento
- En ese sentido, el art
- Considerando, que el presente proceso fue tramitado en su fase administrativa bajo la figura legal
- Asimismo, el Código Procesal del Trabajo a través de sus arts
- La SCP Nº 0591/2012 de 20 de julio de 2012 señaló: “En el contexto precedente,
- Adicionalmente, corresponde señalar que el art
- Así, ha entendido este Tribunal en casos análogos, como el Auto Supremo Nº 694 de
- De todo lo referido, se evidencia que el procedimiento impugnatorio en contra del despido del
- El art
- La Constitución Política del Estado (CPE) en su art
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
