Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0540/2019
Fecha: 08-Oct-2019
Auto de Vista
Auto de Vista
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Demandado : El Portal Centro de Eventos y Convenciones S.R.L
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I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
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El Juez Cuarto del Trabajo y Seguridad Social de Cochabamba, pronunció la Sentencia Nº 139/2016
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Auto de Vista
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En conocimiento de la Sentencia, la empresa “El Portal Centro de Eventos y Convenciones” S
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Notificado con el Auto de Vista, la empresa “El Portal Centro de Eventos y Convenciones”
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Extremo que también se probó con las declaraciones testificales de descargo, cursantes de fs
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Petitorio
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Solicita se “case o en su caso se anule” el Auto de Vista recurrido
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Expuestos así los argumentos del recurso de casación, se pasa a resolver el recurso, con
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Tanto el recurso en la forma o en el fondo, tienen sus propias características que
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Entendido esto, se pasa a considerar los dos reclamos efectuados en el recurso; el argumento
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La motivación en las resoluciones judiciales emitidas en revisión de un fallo impugnado, constituye un
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En el caso de autos, se observa que el Tribunal de alzada, resolvió el recurso
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En ese entendido, rige en la tramitación de los procesos laborales, el principio de inversión
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Por esto, el empleador demandado debe desacreditar con la prueba que considere conveniente las pretensiones
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Esto, no implica una desigualdad procesal en la valoración probatoria, como bien se desarrolló en
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En autos, no se evidencia un error de derecho respecto de la prueba alegada; la
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Por otro lado, la empresa recurrente aparentemente sostiene un error de hecho en la valoración
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Debiendo considerarse que cuando se efectúa la valoración de la prueba en esta materia, quien
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Dentro del principio protector, se encuentra la “condición más beneficiosa” para el trabajador, debiendo ser
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POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
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No se regula honorario profesional, al no haber sido respondido el recurso
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Regístrese, comuníquese y cúmplase.-
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